La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que una autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) puede incluir la preparación de estas sustancias en alimentos destinados exclusivamente al consumo personal de quien obtiene el permiso.
El caso se originó a partir de una solicitud presentada ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para realizar actividades relacionadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y THC.
Ante la falta de respuesta de la autoridad, la persona promovió una denuncia por incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018, mediante la cual la SCJN invalidó la prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana establecida en la Ley General de Salud.
Posteriormente, un juzgado de distrito ordenó a COFEPRIS emitir la autorización. Aunque la dependencia cumplió con la resolución, estableció una prohibición para preparar cannabis en distintos productos, incluidos alimentos preparados y semipreparados. La persona inconforme reclamó que el permiso no cumplía con los alcances de la determinación judicial.
Al analizar el asunto, el Pleno de la SCJN consideró justificadas las restricciones para preparar cannabis en productos sujetos a controles sanitarios especializados, como medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios y cosméticos, además de vapeadores y dispositivos similares.
Sin embargo, las y los ministros determinaron que la preparación de cannabis y THC en alimentos preparados o semipreparados para consumo personal constituye una actividad culinaria ordinaria y no equivale a la fabricación de productos sometidos a un régimen sanitario especial. Por ello, el Pleno revocó el acuerdo que había considerado cumplida la sentencia y requirió a COFEPRIS emitir una nueva autorización que contemple esta actividad.
La resolución establece que el permiso estará limitado al autoconsumo de su titular. La preparación autorizada no implica permiso para comercializar, distribuir, suministrar a terceras personas o expender al público alimentos preparados con cannabis o THC.






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