TRIBUNAL FALLA A FAVOR DE COMISIÓN DE LA VERDAD PARA CASO AYOTZINAPA

CIUDAD DE MÉXICO.- El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas resolvió, por unanimidad de votos, que no existía imposibilidad jurídica para la creación de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia del caso Igualacomo alegó la Procuraduría General de la República (PGR).

Al resolver los incidentes de inejecución 4/2018 al 7/2018 los magistrados determinaron dejar sin efectos la resolución del Tercer Tribunal Unitario de Tamaulipas que dio la razón a la PGR y resolvió a favor de no crear dicha comisión.

Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado argumentaron que sí existe sustento constitucional, convencional y legal para la creación de dicha figura y que será dirigida por los padres de los 43 normalistas desaparecidos.

Acusaron que la PGR no puede invocar el derecho interno para no cumplir compromisos internacionales, conforme a la propia jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a la Convención de Viena.

Dijeron que este caso se debe atender bajo la óptica que establece el artículo 17 constitucional, en el sentido de que se debe privilegiar la solución de los conflictos, sobre los formalismos procedimentales.

En la resolución se dejó en claro que el Tribunal Colegiado atendió, en todo momento, los argumentos que planteó la PGR, a través del Ministerio Público de la Federación, al momento de interponer el recurso de revisión.

Detalló que como en el caso se revocó la determinación del Tercer Tribunal Unitario, la Ley de Amparo obliga al Primer Tribunal Colegiado a reasumir jurisdicción y atender los argumentos del juicio de amparo de primera instancia.

Por ello, también se tuvieron que analizar los conceptos de violación de los quejosos detenidos, presuntos integrantes del grupo criminal ‘Guerrero Unidos’, que no atendió el Tribunal Unitario.

Señalaron que al analizar el artículo 21 constitucional, conforme a diversos métodos de interpretación, se concluyó que no existe exclusividad del Ministerio Público para investigar.

Incluso en el caso, existen investigaciones formales reconocidas por la propia PGR, por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Organización de las Naciones Unidas y del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes.

Con relación a la participación de la CNDH en la comisión de investigación del caso Ayotzinapa, se destacó que en ninguna parte de la ejecutoria de amparo se dijo que investigarían delitos, sino que investigarán los hechos relacionados con lo acontecido el 26 y 27 de septiembre de 2014, en Iguala, Guerrero.

“Una vez que la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), emprenda su misión, podrá llegar a un punto en el que, al analizar o explorar determinada línea de investigación, la CNDH estime que procede formular una recomendación a determinada autoridad, y podrá hacerlo en el marco de sus atribuciones legales”, dijeron los magistrados.

Advirtieron que, en tanto, el fiscal podrá considerar que existen elementos para ejercer acción penal en contra de alguna persona y, desde luego, podrá hacerlo.

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