Nuevas reglas para radio y TV: publicidad deberá distinguirse de las noticias

 

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos lineamientos para proteger los derechos de las audiencias en radio y televisión, con disposiciones sobre información noticiosa, opinión, publicidad, accesibilidad y sanciones.

Las reglas, aprobadas el 26 de agosto, establecen que los medios deberán adoptar medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, además de aplicar los criterios establecidos en sus Códigos de Ética para el tratamiento de contenidos noticiosos. Estos códigos deberán contemplar elementos mínimos que permitan determinar que, al momento de difundirse, una información contaba con bases para considerarse veraz.

Entre las nuevas obligaciones se encuentra facilitar a las audiencias la identificación clara de la diferencia entre información noticiosa y opinión. En televisión podrán utilizarse plecas, cortinillas, mensajes en pantalla u otros recursos visuales; mientras que en radio y servicios de audio de paga deberán emplearse elementos sonoros para advertir cuando una persona conductora, comentarista o informadora combine información con opiniones.

Los lineamientos también establecen que la publicidad, los patrocinios, mensajes comerciales, contenidos de marca y emplazamientos de producto deberán distinguirse de los contenidos periodísticos. En televisión, al finalizar los contenidos que hayan contado con espacios comercializados o patrocinados deberá aparecer el mensaje: “Este programa contó con Espacios Comercializados y/o Patrocinados”, además de los nombres o logotipos de las marcas involucradas.

Las audiencias que consideren vulnerados sus derechos podrán presentar una queja dentro de los siete días siguientes a la emisión del contenido señalado. La Persona Defensora tendrá hasta 20 días para atenderla y, si determina que existió una vulneración, podrá emitir una recomendación pública para rectificar o modificar el contenido. Las concesionarias tendrán un plazo máximo de 24 horas para publicar dicha recomendación; además, la CRT podrá intervenir cuando no se atienda el procedimiento.

Las infracciones podrán generar multas de entre 0.01% y 1% de los ingresos acumulables de la concesionaria o programadora. Los lineamientos también contemplan nuevas medidas de accesibilidad, como subtitulaje oculto, doblaje al español y Lengua de Señas Mexicana en determinados contenidos de televisión abierta. Durante la consulta pública previa se recibieron 8 mil 889 participaciones y las nuevas disposiciones entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el DOF.

Share

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *